Abstract
I. INTRODUCCIÓN.II.LA AUTONOMÍA LOCAL EN LA CONSTITU-CIÓN.III.PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY Y COMPETENCIAS LOCALES.IV.LAS COMPETENCIAS PROPIAS DE LOS MUNICIPIOS Y LAS PROVINCIAS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE.IV.1.Legislación general de régimen local y legislación sectorial.IV.2.Las competencias propias de los municipios.IV.3.Las competencias propias de las provincias.V. CONCLUSIONES. I. INTRODUCCIÓNEl presente trabajo se ocupa del sistema de competencias de los entes locales en nuestro Derecho, con el objeto de contribuir desde una perspectiva jurídica a la reflexión en torno a lo que se ha dado en llamar el «pacto local», es decir, el nuevo proceso de descentralización en favor de los entes locales que se anuncia por las instancias políticas.Desde un primer momento se ha puesto de manifiesto que los principales obstáculos políticos y jurídicos a esa nueva descentralización vendrán de su articulación con las Comunidades Autónomas 2.Así pues, una pregunta que es necesario plantearse antes de empezar es cuál es la posición que los entes locales ocupan en el vigente Estado autonómico español.El punto de partida de una reflexión sobre la cuestión ha de ser la constatación de que el Estado autonómico que consagra la Constitución de 1978 no es un Estado federal en el que la soberanía se comparta entre la 37 1 Este trabajo ha sido elaborado en el marco del Proyecto de Investigación «Las entidades locales en el marco autonómico y europeo.Problemas de articulación competencial y organizativa» (PB98-0603 y PGIDT00PX120201PN), financiado por la Administración del Estado y la Xunta de Galicia.2 Como recuerda José Luis CARRO FERNÁNDEZ-VALMAYOR en el primer párrafo de su estudio «El debate sobre la autonomía municipal», «uno de los grandes temas que todavía permanecen abiertos en nuestro Estado autonómico es, como se sabe, el de las formas de inserción de las Entidades locales en el entramado institucional de cada una de las Comunidades Autónomas, así como el de la articulación competencial entre éstas y aquéllas» (Revista de Administración Pública, núm.147, 1998, págs.59-60).