Abstract
La nueva redacción recibida por el artículo 510.1 tras la reforma introducida en el Cp español por la LO 1/2015, de 30 de marzo, le otorga un contenido con el que se reabre la vieja polémica de la legitimidad del Derecho penal para limitar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. En la Exposición de Motivos de dicha ley nuestro legislador fundamenta el nuevo tenor de este precepto en la necesidad de ajustar nuestra regulación penal a las exigencias de la Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, que, considera, no había sido traspuesta de forma adecuada. El objeto de este trabajo es analizar si efectivamente el nuevo tenor literal del artículo 510.1 a) Cp ha de dar lugar al cambio de la línea interpretativa que en dicha sentencia se refleja.