Abstract
La idea de que el Derecho tiene género (evidentemente masculino) permite concluir que el Derecho no es neutro, que las mismas prácticas significan cosas diferentes para hombres y para mujeres y que lo que se presenta como neutral esconde, en la mayoría de las ocasiones, un mecanismo de dominación masculina. Dado que el Derecho está atravesado por estructuras androcéntricas, resulta obligado realizar un análisis críticamente desde una perspectiva feminista de la nueva Ley del “sólo sí es sí” en el ámbito jurídico, con las repercusiones y debate jurídico político que ha despertado la misma llegando a partir de dicho examen, a una serie de conclusiones dignas de tener en cuenta si se pretende enfrentar de forma científica el conflicto que se demanda. Este trabajo es fruto de una comunicación en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla los días 16 y 17 de marzo de 2023, y circunscribiéndose a esta, por lo que en este texto no se aborda la llamada “contrarreforma” a través de la cual se vuelve a valorar a nivel legal los medios comisivos violencia/intimidación para el establecimiento de los marcos penales.