Abstract
El presente artículo analiza las llamadas “terapias de conversión” como actos que cumplen con los elementos estructurales y jurídicos de la tortura, conforme a estándares internacionales. Estas prácticas, que buscan modificar o suprimir la orientación sexual o identidad de género de las personas LGBTIQ+, no solo implican un sufrimiento físico o psíquico deliberado, sino que además responden a fines discriminatorios como la corrección, el castigo o la erradicación de la disidencia. El texto expone cómo estas intervenciones se insertan en contextos donde el Estado, por acción, omisión o aquiescencia, permite su existencia, y cómo su carácter sistemático y simbólico convierte el dolor en un instrumento de control. Se revisan diversos métodos empleados —desde electrochoques hasta estrategias de reeducación espiritual, aislamiento, medicalización forzada y violencia sexual— que vulneran la integridad física y psíquica de las víctimas, especialmente en infancias y juventudes. El artículo propone que el análisis del fin específico —más allá de la intención dolosa— permite articular jurídicamente estos elementos, reforzando su reconocimiento como tortura y no como una mera forma de trato degradante. Además, se argumenta que estas prácticas deben ser comprendidas como dispositivos estructurales de violencia que operan bajo lógicas culturales y sociales de subordinación. Finalmente, se propone una ruta de acreditación jurídica y forense, basada en la identificación del propósito teleológico y la implicación directa o indirecta del Estado.